Un Ministro de la Suprema Corte de Justicia resolvió hoy que Francisco Javier García Cabeza de Vaca, Gobernador de Tamaulipas, sigue protegido contra posibles acciones penales de las autoridades federales, pues así lo determino el Congreso estatal.

El Ministro Juan Luis González Alcántara desechó por improcedente una controversia del Congreso de Tamaulipas contra la declaración de procedencia o desafuero del Gobernador, aprobada por la Cámara de Diputados el 30 de abril.

Pero el Ministro desechó porque, a su juicio, el propio Congreso estatal ya resolvió que por ahora no procede procesar penalmente a García Cabeza de Vaca, a quien la FGR imputa delitos de fraude fiscal y lavado de dinero.

«En estas condiciones, lo procedente es desechar la demanda promovida por el Poder Legislativo del Estado de Tamaulipas por falta de interés legítimo, sin que esta determinación prejuzgue sobre la culpabilidad o no respecto del ilícito que se relaciona, pues existe la oportunidad de llevar a cabo el procedimiento penal una vez que el servidor público concluya en su cargo», explicó.

La razón del desechamiento es que, a estas alturas, la resolución de la Cámara de Diputados ya no causa ningún perjuicio al Congreso de Tamaulipas.

«El Poder Legislativo local en acatamiento del artículo 111 constitucional, en ejercicio pleno de su autonomía, procedió como consideró que correspondía. Decidió no retirar la protección o inmunidad procesal penal al gobernador estatal a quien se le imputa la probable comisión de un delito federal. Por el momento, determinó que no se pusiera a disposición de las autoridades federales al titular del Poder Ejecutivo local.», indico el Ministro.

«Este ejercicio se dio, como se desprende de los antecedentes narrados, como consecuencia del procedimiento previsto en el artículo 111 constitucional, párrafo quinto, iniciado en la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, quien resolvió que había lugar a declarar la procedencia, con el efecto de comunicar esta resolución a la legislatura local, para que en ejercicio de sus atribuciones procediera», agregó.

«Por ello, se estima que no existe una afectación en la esfera de atribuciones del Poder Legislativo promovente, pues para resentir un agravio era indispensable que se hubiera obstaculizado el ejercicio de su ámbito competencial o que éste se viera mermado, lo cual no se desprende del escrito presentado por el Poder actor ni de los antecedentes por el traídos a cuenta, porque, se insiste, en uso de sus atribuciones constitucionales, decidió no homologar la declaración de procedencia emitida por la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.», concluye el fallo.

Se trata de una resolución sui generis, porque si bien se desecha la demanda, este resultado es favorable a la intención del Congreso de Tamaulipas. Hasta ahora, la Corte solo ha publicado un extracto de este acuerdo, que menciona el desechamiento, pero no las razones.

Con este fallo, si la FGR acude a un juez federal a solicitar la aprehensión del Gobernador, su petición sería rechazada, pues prevalece el fuero que la Constitución estatal le garantiza, y que solo puede ser removido previo juicio político por la legislatura para su destitución.

En teoría, la FGR o tal vez la Cámara de Diputados podrían impugnar la decisión de González Alcántara ante una Sala de la Corte, pero no está del todo claro con qué argumento, pues un recurso de ese tipo tendría que ser para que se admita la controversia.

En otras palabras, las autoridades federales tendrían que presentar la reclamación para que se cambien los argumentos del desechamiento de la controversia, algo que nunca ha ocurrido en la Corte.

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